Según el artículo 302 de las Ordenanzas Municipales de la ciudad de Arrecife, 'el suministro de la leche de cabras se hará, según costumbre, a domicilio en las primeras horas del día. Las cabras llevarán siempre bozal y se procurará que se detengan en las puertas de las casas lo menos posible y que no impidan el libre tránsito'.