30-12-1903

CRONO
Según el artículo 302 de las Ordenanzas Municipales de la ciudad de Arrecife, 'el suministro de la leche de cabras se hará, según costumbre, a domicilio en las primeras horas del día. Las cabras llevarán siempre bozal y se procurará que se detengan en las puertas de las casas lo menos posible y que no impidan el libre tránsito'.

Información

  • Autor:Ayuntamiento de Arrecife: Ordenanzas municipales de la ciudad de Arrecife de Lanzarote, Cíclope Editores SL, Santa Cruz de Tenerife, 2007, pág. 54.
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